La presente Normativa fue elaborada por
la Comisión Nacional de Bicicrós,
con la asesoría de la Comisión
Técnica y aprobada por el Órgano de Administración de la Federación Colombiana
de Ciclismo. Las disposiciones que se establecen a continuación, son un
complemento adicional con carácter estipulado en el Reglamento UCI, Estatutos y
Normativa de la Federación Colombiana de Ciclismo serán de aplicación para las
competencias, corredores y organizadores de carreras de Bicicrós en Colombia o del calendario UCI
según lo indique el evento internacional. Todo lo no contemplado en la presente
normativa se regirá por el reglamento UCI Titulo 6 Pruebas de BMX.
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